El Estatuto de Roma fue creado el 17 de julio de 1998 por lo que se apresta a conmemorar el 25 aniversario de existencia. El Estatuto es el instrumento constitutivo y operativo de la Corte Penal Internacional que es un organismo con la elevada misión de convertirse en un ente rector de vigilancia del respeto a los derechos humanos en todo el mundo, pero no ha podido cumplir con eficacia su misión debido a la injerencia política de algunas potencias como Estados Unidos y varios países de la Unión Europea que son sus socios y aliados.
La intencionalidad de los impulsores del Estatuto fue la de crear un imbatible elemento del proyectado Sistema Global de Justicia, orientado a someter a los pueblos y Estados a los “principios y valores” de los países dominantes que vendrían a constituirse en elementos de control que ocultarían, de alguna manera, la violación de la soberanía nacional en todo cuanto se trate de métodos y arbitrios de aplicación de la teoría y práctica de la justicia.
Los defensores de la Corte Penal Internacional afirman que es un adelanto fundamental.
que permite elevar el conocimiento y defensa de los derechos humanos, pero callan que la defensa se produce de conformidad con lo que establezca la potencia dominante.
Sin duda, la Corte Penal Internacional podría ser un nuevo modelo para la aplicación y defensa de los derechos humanos ya que en teoría reconoce a la persona y a grupos o entidades la calidad de titulares para presentar quejas contra los Estados. Por ello, la Corte Penal Internacional no entra en contradicción con lo que disponen la Constitución del Ecuador y el Estatuto.
El Estatuto de Roma es el instrumento constitutivo de la Corte Penal Internacional. Fue adoptado en la ciudad de Roma, Italia, el 17 de julio de 1998, durante la Conferencia Diplomática de plenipotenciarios de las Naciones Unidas sobre el establecimiento de una Corte Penal Internacional.
Durante la Conferencia, los Estados Unidos, Israel y China hicieron causa común en contra de este. Pese a esto tanto Israel como los Estados Unidos firmaron pero no ratificaron el Tratado. De hecho, la firma por la parte estadounidense la realizó el presidente Bill Clinton solo un día antes de dejar el poder a George W. Bush.
Pese a la experiencia internacional en suscripción de tratados multilaterales, el mismo estatuto fijó un alto cuórum para su entrada en vigencia (60 países). Sin embargo, el proceso fue sumamente rápido, partiendo por Senegal hasta que diez países en conjunto depositaron ante la Secretaría General de las Naciones Unidas el instrumento de ratificación el 11 de abril de 2002. El Estatuto entró en vigor el 1 de julio del 2002. A julio de 2020, la convenció
El Estatuto de Roma es el instrumento constitutivo de la Corte Penal Internacional. Fue adoptado en la ciudad de Roma, Italia, el 17 de julio de 1998, durante la Conferencia Diplomática de plenipotenciarios de las Naciones Unidas sobre el establecimiento de una Corte Penal Internacional.
Durante la Conferencia, los Estados Unidos, Israel y China hicieron causa común en contra de este. Pese a esto tanto Israel como los Estados Unidos firmaron pero no ratificaron el Tratado. De hecho, la firma por la parte estadounidense la realizó el presidente Bill Clinton solo un día antes de dejar el poder a George W. Bush.
Pese a la experiencia internacional en suscripción de tratados multilaterales, el mismo estatuto fijó un alto cuórum para su entrada en vigencia (60 países). Sin embargo, el proceso fue sumamente rápido, partiendo por Senegal hasta que diez países en conjunto depositaron ante la Secretaría General de las Naciones Unidas el instrumento de ratificación el 11 de abril de 2002. El Estatuto entró en vigor el 1 de julio del 2002. A julio de 2020, la convención cuenta 183 signatorios y 123 ratificaciones.
Cabe recordar que Estados Unidos, Israel y China hicieron causa común en contra de este. Pese a esto tanto Israel como los Estados Unidos firmaron pero no ratificaron el Tratado. De hecho, la firma por la parte estadounidense la realizó el presidente Bill Clinton solo un día antes de dejar el poder a George W. Bush.
Pese a la experiencia internacional en suscripción de tratados multilaterales, el mismo estatuto fijó un alto cuórum para su entrada en vigencia (60 países). Sin embargo, el proceso fue sumamente rápido, partiendo por Senegal hasta que diez países en conjunto depositaron ante la Secretaría General de las Naciones Unidas el instrumento de ratificación el 11 de abril de 2002. El Estatuto entró en vigor el 1 de julio del 2002. A julio de 2020, la convenció
El Estatuto de Roma es el instrumento constitutivo de la Corte Penal Internacional. Fue adoptado en la ciudad de Roma, Italia, el 17 de julio de 1998, durante la Conferencia Diplomática de plenipotenciarios de las Naciones Unidas sobre el establecimiento de una Corte Penal Internacional.
Durante la Conferencia, los Estados Unidos, Israel y China hicieron causa común en contra de este. Pese a esto tanto Israel como los Estados Unidos firmaron pero no ratificaron el Tratado. De hecho, la firma por la parte estadounidense la realizó el presidente Bill Clinton solo un día antes de dejar el poder a George W. Bush.
Pese a la experiencia internacional en suscripción de tratados multilaterales, el mismo estatuto fijó un alto cuórum para su entrada en vigencia (60 países). Sin embargo, el proceso fue sumamente rápido, partiendo por Senegal hasta que diez países en conjunto depositaron ante la Secretaría General de las Naciones Unidas el instrumento de ratificación el 11 de abril de 2002. El Estatuto entró en vigor el 1 de julio del 2002. A julio de 2020, la convención cuenta 183 signatarios y 123 ratificaciones.
«Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional». Archivado desde el original el 6 de octubre de 2009. Consultado el 5 de octubre de 2009
PGA, una red internacional no gubernamental y multipartidista de legisladores que actúan a título individual, informa y moviliza a los parlamentarios de todas las regiones del mundo para que defiendan los derechos humanos y el Estado de Derecho, la democracia, la seguridad humana, la inclusión, la igualdad de género y
Desde el 2000, PGA ha trabajado en el Ecuador con un grupo multipartidista con el fin de promover la lucha contra la impunidad especialmente a través de la ratificación y la aplicación nacional del Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional (CPI). Estos esfuerzos tuvieron éxito y allanaron el camino para la ratificación del Estatuto de Roma en 2002.
Tras la ratificación del Estatuto, la prioridad de PGA en Ecuador ha sido la adopción de una legislación nacional completa que contenga los crímenes y principios básicos incluidos en el Estatuto de Roma, así como disposiciones para establecer un mecanismo nacional que cumpla la obligación de cooperación con la CPI.
Para lograr estos objetivos, PGA ha proporcionado asistencia política y técnica a sus miembros a través de la organización de seminarios en el país y en la región, ha propuesto comentarios legales al Proyecto del Código Orgánico Penal en 2013 y enmiendas al Código Orgánico Integral Penal adoptado en 2014, y distribuido la Ley de Referencia de PGA sobre Cooperación con la CPI para los países de América Latina.
El trabajo de PGA con respecto a la implementación del Estatuto de Roma de la CPI en Ecuador ha sido extenso. Tras la participación de dos destacados parlamentarios del país, la Asambleísta Rosana Alvarado, ex primera vicepresidenta de la Asamblea Nacional y el Asambleísta Fernando Bustamante, ex presidente de la Comisión de Soberanía, Integración, Asuntos Internacionales y Seguridad, en el Grupo de Trabajo Subregional sobre los Desafíos para la Eficacia del Sistema del Estatuto de Roma en las Américas (enlace disponible en inglés) en el 2013, PGA proporcionó orientación y asistencia técnica para modificar el proyecto de ley de enmienda de los Códigos Penal y Procesal que incluían la definición del crimen de agresión. PGA, así mismo, recomendó, entre otros, que la definición de crímenes de lesa humanidad incluyera todos los actos mencionados en el Estatuto de Roma y que se desarrollara un capítulo con normas específicas sobre la cooperación con la CPI.
El Código Orgánico Integral Penal, que fue aprobado por la Asamblea Nacional el 10 de febrero de 2014, finalmente incorporó la mayoría de las recomendaciones de PGA. Después de la participación de la miembro de PGA, la Asambleísta Marisol Peñafiel, en el Grupo de Trabajo Subregional sobre los Desafíos para la Eficacia del Sistema del Estatuto de Roma en las Américas (enlace disponible en inglés) en agosto de 2014 y aprovechando la oportunidad de que el Código Orgánico Integral Penal se abrió para su revisión, la Asambleísta Peñafiel introdujo enmiendas a dicho Código en diciembre de 2014 mientras consideraba los comentarios recibidos por PGA, en colaboración con otras dos ONG, con el objetivo de hacerlo completamente compatible con las disposiciones del Estatuto de Roma. Además, la Asambleísta Peñafiel solicitó la asistencia técnica de PGA en la redacción de una ley que creara los mecanismos necesarios para permitirle al Ecuador cooperar plenamente con la CPI. Se incluyeron disposiciones sobre la libertad provisional, los privilegios e inmunidades de los funcionarios de la Corte y la ejecución de las sentencias. El proyecto de ley se redactó siguiendo la Ley de Referencia de PGA sobre Cooperación con la CPI para países latinoamericanos y se presentó a la Asamblea Nacional el 4 de febrero de 2015.
Siguiendo el compromiso adquirido durante el Seminario Parlamentario de PGA celebrado en el 2021 sobre la implementación de estándares internacionales para la lucha contra la impunidad por la comisión de crímenes atroces, la Asambleísta Esther Cuesta Santana (miembro del Comité Ejecutivo y presidenta del Grupo Nacional en el país) presentó, el 13 de octubre de 2022, un nuevo Proyecto de Ley Orgánica de Cooperación del Estado Ecuatoriano con la Corte Penal Internacional. El Proyecto de Ley fue aprobado en el Consejo de Administración Legislativa y enviado a la Comisión Permanente Especializada de Relaciones Internacionales y Movilidad Humana. El 10 de abril de 2023, la Comisión de Relaciones Internacionales aprobó el informe de primer debate del proyecto de Ley de Cooperación.
PGA, una red internacional no gubernamental y multipartidista de legisladores que actúan a título individual, informa y moviliza a los parlamentarios de todas las regiones del mundo para que defiendan los derechos humanos y el Estado de Derecho, la democracia, la seguridad humana, la inclusión, la igualdad de género y
Encuentro Ministerial en New York el 17 de julio dedicado al 25v aniversario del Estatuto de Roma
– Estrategias del CPI hasta el año 2033: Creación de un elemento del sistema global de justicia aumentando a los valores de los países que son potencias de occidente y creación o aumento de elementos de control de los países más desarrollados mayor injerencia
– Se aumentan los riesgos para la soberanía judicial del Ecuador
– El CPI es una amenaza, es un instrumento de castigo a loa países no alineados NOAL
De modo general, el Estatuto de Roma (artículo 54 número 2) establece que la investigación y persecución de los delitos corresponde al Ministerio Público y abre la posibilidad de que el Fiscal de la Corte Penal Internacional realice investigaciones en el territorio de cualquier Estado Parte del convenio.
Desde el 2000, PGA ha trabajado en el Ecuador con un grupo multipartidista con el fin de promover la lucha contra la impunidad especialmente a través de la ratificación y la aplicación nacional del Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional (CPI). Estos esfuerzos tuvieron éxito y allanaron el camino para la ratificación del Estatuto de Roma en 2002.
PGA, una red internacional no gubernamental y multipartidista de legisladores que actúan a título individual, informa y moviliza a los parlamentarios de todas las regiones del mundo para que defiendan los derechos humanos y el Estado de Derecho, la democracia, la seguridad humana, la inclusión, la igualdad de género y .
Tras la ratificación del Estatuto, la prioridad de PGA en Ecuador ha sido la adopción de una legislación nacional completa que contenga los crímenes y principios básicos incluidos en el Estatuto de Roma, así como disposiciones para establecer un mecanismo nacional que cumpla la obligación de cooperación con la CPI.
Para lograr estos objetivos, PGA ha proporcionado asistencia política y técnica a sus miembros a través de la organización de seminarios en el país y en la región, ha propuesto comentarios legales al Proyecto del Código Orgánico Penal en 2013 y enmiendas al Código Orgánico Integral Penal adoptado en 2014, y distribuido la Ley de Referencia de PGA sobre Cooperación con la CPI para los países de América Latina.
El trabajo de PGA con respecto a la implementación del Estatuto de Roma de la CPI en Ecuador ha sido extenso. Tras la participación de dos destacados parlamentarios del país, la Asambleísta Rosana Alvarado, ex primera vicepresidenta de la Asamblea Nacional y el Asambleísta Fernando Bustamante, ex presidente de la Comisión de Soberanía, Integración, Asuntos Internacionales y Seguridad, en el Grupo de Trabajo Subregional sobre los Desafíos para la Eficacia del Sistema del Estatuto de Roma en las Américas (enlace disponible en inglés) en el 2013, PGA proporcionó orientación y asistencia técnica para modificar el proyecto de ley de enmienda de los Códigos Penal y Procesal que incluían la definición del crimen de agresión. PGA, así mismo, recomendó, entre otros, que la definición de crímenes de lesa humanidad incluyera todos los actos mencionados en el Estatuto de Roma y que se desarrollara un capítulo con normas específicas sobre la cooperación con la CPI.
El Código Orgánico Integral Penal, que fue aprobado por la Asamblea Nacional el 10 de febrero de 2014, finalmente incorporó la mayoría de las recomendaciones de PGA. Después de la participación de la miembro de PGA, la Asambleísta Marisol Peñafiel, en el Grupo de Trabajo Subregional sobre los Desafíos para la Eficacia del Sistema del Estatuto de Roma en las Américas (enlace disponible en inglés) en agosto de 2014 y aprovechando la oportunidad de que el Código Orgánico Integral Penal se abrió para su revisión, la Asambleísta Peñafiel introdujo enmiendas a dicho Código en diciembre de 2014 mientras consideraba los comentarios recibidos por PGA, en colaboración con otras dos ONG, con el objetivo de hacerlo completamente compatible con las disposiciones del Estatuto de Roma. Además, la Asambleísta Peñafiel solicitó la asistencia técnica de PGA en la redacción de una ley que creara los mecanismos necesarios para permitirle al Ecuador cooperar plenamente con la CPI. Se incluyeron disposiciones sobre la libertad provisional, los privilegios e inmunidades de los funcionarios de la Corte y la ejecución de las sentencias. El proyecto de ley se redactó siguiendo la Ley de Referencia de PGA sobre Cooperación con la CPI para países latinoamericanos y se presentó a la Asamblea Nacional el 4 de febrero de 2015.
Siguiendo el compromiso adquirido durante el Seminario Parlamentario de PGA celebrado en el 2021 sobre la implementación de estándares internacionales para la lucha contra la impunidad por la comisión de crímenes atroces, la Asambleísta Esther Cuesta Santana (miembro del Comité Ejecutivo y presidenta del Grupo Nacional en el país) presentó, el 13 de octubre de 2022, un nuevo Proyecto de Ley Orgánica de Cooperación del Estado Ecuatoriano con la Corte Penal Internacional. El Proyecto de Ley fue aprobado en el Consejo de Administración Legislativa y enviado a la Comisión Permanente Especializada de Relaciones Internacionales y Movilidad Humana. El 10 de abril de 2023, la Comisión de Relaciones Internacionales aprobó el informe de primer debate del proyecto de Ley de Cooperación.